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Y pitos ... pero sin flautas PDF Imprimir Correo electrónico
viernes, 06 octubre 2006

Dos noticias aparecidas en el DIARIO DE SEVILLA, con fecha 6 de octubre de 2006, y que nos muestran parte de la forma de ser, o la forma en que la DIRIGENTE de AIBLP ve al resto del Mundo.

El juez quita la paga a la denunciante de cohecho

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por la edil de la Agrupación Independiente de Bormujos (AIB) María José Parrado contra la decisión del alcalde, Baldomero Gaviño, que en enero de 2003 la destituyó como miembro de la comisión municipal de gobierno y como teniente de alcalde, lo que provocó que le retiraran las retribuciones en concepto de dedicación exclusiva. La destitución de la edil, que es una de las denuncias del presunto cohecho que investiga un juzgado en relación con la moción de censura que devolvió la Alcaldía a Gaviño, se produjo a raíz de una escisión en el partido después de que Parrado registrara a su nombre la formación que lideró el alcalde y con la que unos meses más tarde concurrió a las elecciones.

La concejal sostenía que desde que fue destituida dejó de percibir los 33.542,50 euros anuales asignados por dedicación exclusiva y que había sido dada de baja de la Seguridad Social "sin que exista acuerdo del Pleno", además de considerar que el alcalde carecía de competencia para dejar sin efecto el acuerdo plenario de 1999 por el que se le concedieron dichas retribuciones. El tribunal asegura que el decreto del alcalde es "ajustado a derecho", por cuanto corresponde al regidor el nombramiento y cese de los tenientes de alcalde y miembros de la comisión de gobierno, por lo que Gaviño se limitó a "ejercer sus funciones". La resolución del alcalde no recoge la privación de las retribuciones, sino que se trata de las consecuencias jurídicas de un acto administrativo, concluye el fallo.

Y PITOS

María José Parrado, Concejal del Ayuntamiento de Bormujos.

Han surtido efecto político y judicial sus denuncias por irregularidades en la moción de censura que dió la Alcaldía a baldomero Gaviñom, pero eso no le da base judicial para exigir cobrar el concepto de dedicación exclusiva tras ser destituida como teniente de alcalde. El TSJA lo ha desestimado.

Nota de redacción, comentarios en voz alta:

(La concejal sostenía que desde que fue destituida dejó de percibir los 33.542,50 euros anuales asignados por dedicación exclusiva y que había sido dada de baja de la Seguridad Social ) Que quería ¿seguir cobrando 5.581.000 PTAS por no hacer nada ? ¿es eso lo que le duele?

Teta y Sopa no se puede tener a la vez. ¿Cree Vd. Sra. Parrado, que los bormujer@s somos tont@s? ¿Son tontos también a su parecer los jueces y magistrados? ¿o cree Vd. que es "cascaron de huevo"?. Una vez que te despiden, te destituyen, (no como Vd. decía que se marchó por discrepancias... fué destituida) y se termina la relacion laboral, se termina el sueldo. Por la cara no se puede seguir cobrando, ¿y eso es lo que Vd. pretendía?. "Me lo expliquen"

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